Alianza Automotriz/Redacción.- Se impone nueva reglamentación para transitar en la CDMX a los servicios de Uber y Cabify, a partir del pasado viernes 15 de septiembre y que se incluyó para su publicación e implementación ese mismo día.
En las nuevas disposiciones, destacan que se suprimen los servicios de “Uberpool” en los que los usuarios podían compartir viajes con uno o más usuarios, por lo que de acuerdo con el Artículo 59, que a la letra dice: Queda prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chófer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta.
Las normas que regulan a las apps se ubican en el capítulo I que se refiere a las modalidades de servicio de transporte de pasajeros, además se mantiene el impuesto de 1.5% por cada viaje realizado, dicho cobro se irá al Fideicomiso creado en el año 2016, el cual tiene será usado en el fondo para el Taxi, la Movilidad y el Peatón.
Todos los vehículos de dichas empresas deberán traer consigo el folio de la licencia y traer en lugar visible para los pasajeros la identificación en el interior del vehículo.
Todo lo anterior más las restricciones que ya tenían las mismas aplicaciones como, el tipo de vehículos que pueden dar el servicio como:
Unidades no mayores a 10 años
Tener registro de ante la Secretaría de Movilidad
Calcomanía cero o doble cero
Que sea 4 puertas
Contar con aire acondicionado, cinturones de seguridad en funcionamiento y bolsas de aire delanteras
Las apps deberán entregar el registro de sus unidades con las bases de datos de los vehículos en circulación.
Con estas medidas las autoridades capitalinas pretenden inhibir cualquier acción que pudiera presentarse como el caso de Cabify en la ciudad de Puebla que derivó en la muerte de una persona.