La Secretaría de Economía, publicó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 122 en la cual define los elementos que deberán cumplir los establecimientos dedicados a la comercialización de autos usados en el país.
La Norma establece que los proveedores deberán informar por escrito al consumidor, si la unidad se ofrece con garantía o no. Asimismo, deberá dar a conocer las consecuencias que esto implica y precisar que será el consumidor quien asuma los costos por reparaciones, suministro de refacciones, mano de obra, etc.
El vendedor deberá colocar a las vista de los consumidores precios y características de las unidades, incluyendo si cuentan con licencias, permisos, avisos y autorizaciones para circular.
En este caso la Profeco será quien vigile el cumplimiento de esta Norma y de sancionar el incumpliendo de las disposiciones.